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Comité de Jueces y Oficiales (reglamentos y normativas relacionadas)
En esta sección, se recogen todos los aspectos relativos al colectivo de Jueces y Oficiales de Triatlón, Delegados Técnicos y Jueces Árbitros, así como el Reglamento Competiciones de Triatlón y demás normativa que regula la función arbitral (Comité de Disciplina Deportiva, Comité de Disciplina Arbitral y Antidopaje). Asimismo, podrás conocer la manera de formar parte de este colectivo, los derechos económicos de arbitraje y su funcionamiento interno como organismo independiente (Comité de Jueces y Oficiales). Pero seguramente, lo que te interesa es "descargarte" los Documentos de registro de Jueces (algunos en formato word).
Pero no menos importante es la Disciplina Deportiva, o todo lo relacionado con el Control del Dopaje (ACTUALIZADO), asi como los Cursos de Jueces.
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Reglamento de Competiciones (recientemente modificado) en formato Adobe Acrobat |
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En marzo de 2006, se aprobó el nuevo Reglamento de Competiciones de Triatlón. En este apartado recogemos dicho Reglamento, así como las novedades más importantes con respecto al anterior. Asimismo, te puedes descar un cuadro con las infracciones más relevantes. Su conocimiento no sólo compete a los jueces, sino a los propios deportististas y clubes. Destacar que el 2 de marzo de 2007, la Comisión Delegada de la FETRI, aprobó una serie de modificaciones que igualmente se han recogido. De igual forma, puedes descargarte las Observaciones al Reglamento de Competiciones 2007.
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CONVOCATORIA DE: Delegados Técnicos, Jueces Árbitros e Informáticos |
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En este apartado, puedes conocer las diferentes convocatorias del colectivo arbitral, así como los jueces convocados para la prueba más próxima, utilizando un formato EXCEL, que permitirá que cada juez lleve un control de sus actuaciones y "derechos arbitrales" que le correspondan. Como norma general, se convocará a los jueces con una semana de antelación (existiendo en cada prueba 3 reservas para posibles incidencias). El orden de prioridad en la convocatoria será: 1º por Tel, 2º por SMS, 3º publicánolo en la web (en este listado de incluirán los/as reservas). Ante cualquier duda, os recomiendo llamar a la Federación, a Ana (963154464, previo a la competición) o a Esther (685100188).
Como hemos dicho , todas estas convocatorias tienen como contrapresetación el cobro de los "DERECHOS DE ARBITRAJE". Éstos se calculan económicamente en función de la "actuación" y el "desplazamiento que suponen" (todo ello, según las cuantías máximas que marca la ley, y que vienen detalladas más abajo). A todo desplazamiento que suponga más de 100 km, se le suma una dieta de 7 euros. Como novedad este 2007, indicar que LOS "DERECHOS" SE LIQUIDAN, PREFERENTEMENTE, DURANTE EL MES SIGUIENTE A LA ACTUACIÓN. Las distancias para cada Juez y Oficial convocado se calculan desde la ciudad del domicilio habitual, hasta la población donde se celebre la competición. Para ello, y por consenso, se utiliza SIEMPRE el mismo sistema, calculado según lo indicado en http://www.viamichelin.es/ . EN EL CASO DE SER NECESARIOS LOS GASTOS DE AUTOPISTA-PEAJE (u otros debidamente justificados), será necesario hacer llegar a la Federación, en día posterior a la celebración del evento, los tikets justificantes de dicho gasto (no se abonarán estos gastos si no han sido comunicados al Juez Árbitro y/o Delegado Técnico en la prueba, y autorizados por éstos, o no se remitan a la Federación dichos gastos).
No obstante, las cuantías de dichos derechos, están reguladas por lo dispuesto en el BOE de 3 de diciembre de 2005, por el que se revisan las indemnizaciones por dietas, gastos de locomoción y uso del vehículo privado. Al margen de detallarte las referencias del BOE, te incluimos los apartados más reseñables (a efectos prácticos, 26,67€ para Jueces y Oficiales, y 35,45€ para Jueces Árbitros y Delegados Técnicos; siendo doble, en el caso de cohincidir con pruebas "adultas" y "escolares", o pruebas de duración mayor de 3 horas de carrera). Todo esto se encuentra ampliado en el Informe de Derechos de Arbitraje 2008.
(ORDEN EHA/3771/2005, de 2 de diciembre, por la que se revisa la cuantía de los gastos de locomoción y de las dietas en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas).
Artículo 1. Gastos de locomoción.
1. A efectos de lo previsto para los gastos de locomoción en la letra b) del artículo 8.A.2 del Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por el Real Decreto 1775/2004, de 30 de julio, se excluirá la cantidad que resulte de multiplicar 0,19 euros por el número de kilómetros recorridos, siempre que se justifique la realidad del desplazamiento, más los gastos de peaje y aparcamiento que se justifiquen.
Artículo 2. Gastos de manutención y estancia (se omiten los puntos 1 y 2):
3. A efectos de lo previsto en la letra b) del artícu-lo 8.B.1 del citado Reglamento, cuando el desplazamiento se realice dentro del territorio español la cuantía de los gastos de manutención se establece en 26,67 euros diarios.
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Pulsando en el icono de la izquierda, puedes acceder a la información original donde se detalla lo contenido en los puntos anteriores (BOE de 3 de diciembre de 2005), en Formato PDF. |
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Formación de Jueces y Oficiales |
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En en enlace "REGLAMENTO DE FORMACIÓN DE JUECES Y OFICIALES", podrás conocer con más detalle la estructura del organigrama arbitral y el procediminento de "ascenso" (oficial de nivel 1, 2, etc.).
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Pulsando en el icono de la izquierda, tya puedes conocer la próxima Convocatoria de Curso de Oficial de Nivel I (Juez Regional) el próximo 19 de enero, en Formato PDF. |
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Disciplina Deportiva |
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Se entiende como Disciplina Deportiva, como el conjunto de normas que regulan el funcionamiento del colectivo de deportistas, jueces árbitros y demás colectivos implicados en las distintas competiciones de nuestro deporte. Los órganos competentes en materia de Disciplina Deportiva, en nuestra Federación, son los siguientes:
Por el momento, y a falta de una estructuración de este Comité, las decisiones que sobre asuntos relacionados con las diferentes competiciones, se dilucidarán en las reuniones ordinarias y/o extraordinarias de la Junta Directiva de la Federación
Por el momento, y a falta de una estructuración de este Comité, las decisiones que sobre asuntos relacionados con las diferentes competiciones, se dilucidarán en las reuniones ordinarias y/o extraordinarias de la Junta Directiva de la Federación
- Comité Valenciano de Disciplina Deportiva
El Comité Valenciano de Disciplina Deportiva, al objeto de dar cumplimiento al Decreto 145/1997 de 1 de Abril, por el que se regula, despliega su actuación en un doble ámbito:
- Ámbito Disciplinario, materia que constituye el ámbito competencial fundamental del Comité Valenciano de Disciplina Deportiva, y su objeto de carácter ordinario
- Ámbito Electoral, que se concreta en conocer de los recursos que se interpongan contra las resoluciones que adoptan las juntas electorales federativas en materia electoral, con ocasión de las elecciones en las federaciones deportivas para la designación de sus órganos de gobierno y representación, según lo estipulado en el art. 3 del Derecho 145/1997
Por el momento, y a falta de detallar y aprobar su estructuración, la Federación de Triatlón de la C. Valenciana se rige en materia de Disciplina Deportiva, según lo que detalla en "REGLAMENTO NACIONAL DE DISCIPLINA DEPORTIVA". Todas las cuestiones en esta materia se dilucidarán tomando como base lo plasmado en este documento.
Asimismo, el REGLAMENTO DE LICENCIAS, complementa lo relativo al uso de la licencia en los diferentes estamentos, los derechos de formación, etc.
CONTROL DEL DOPAJE
Según el Consejo Superior de Deportes, se entiende por Dopaje la "promoción, incitación, consumo o utilización de las sustancias y grupos farmacológicos prohibidos y de los métodos no reglamentarios destinados a aumentar las capacidades físicas de los deportistas o a modificar los resultados de las competiciones en las que participan". (1990).
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Pulsando en el icono de la izquierda, te puedes descargar el Ley de Antidopaje, (de la que te recomendamos consultes el reglamento de la misma más abajo) en Formato PDF. |
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Relacionado con esta cuestión, las cuestiones que tengan vinculación con materia de dopaje, se regularán a través de lo dispuesto por la "COMISIÓN ANTIDOPAJE" de la Federación Española de Triatlón.
Para mayor información, te pudes descargar la "lista" de Substancias y Métodos Prohibidos, que anualmente publica el Consejo Superior de Deportes, según dictan los organismos internacionales en materia de control del dopaje.
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Documentos
del Área de Jueces en formato Adobe Acrobat |
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Los documentos que se muestran a continuación sirven para el trabajo habitual
del colectivo de jueces y oficiales federados en la C. Valenciana. En el momento
de ser necesaria su actualización, los iremos incluyendo puntualmente. Hemos
de hacer notar que el "Informe
del Organizador" es el único documento que no "pasa por las manos"
del Delegado Técnico de la prueba en cuestión. Se trata de una primera toma
de contacto que complementa el "Convenio
con Organizadores", cuyo funcionamiento se recoge en el apartado
correspondiente.
Es importante, no obstante, que los Jueces Árbitros y los Delegados Técnicos, remitan por e-mail, sus informes a la Federación.
- Reglamento de competición
- Manuales
- Actividades Comité Técnico de Jueces y otros
- Documentos de trabajo (algunos se incluyen en formato WORD, para que se puedan cumplimentar)
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